PERTENENCIA A LA HERMANDAD DE IRURAIZ
1. EXISTENCIA, CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA HERMANDAD:
Antiguamente, las localidades que hoy día componen el Municipio de Elburgo se integraban, a su vez, en la denominada HERMANDAD DE IRURAIZ, entidad ya existente en 1417 y documentada a partir de 1579, que incluía tres Cuadrillas:
1- Cuadrilla de Alegría -formada por las villas de Alegría, Gauna y Erenchun y los lugares de Eguileta y Alborcoin-.
2- Cuadrilla de Elburgo -conformada por la villa de Elburgo y los lugares de Arbulo, Argomaniz, Gaceta, Añúa y Uriarte-.
3- Cuadrilla de Iruraiz o Acilu -en la que se integraban los lugares de Acilu, Jauregui, Guereñu, Luzcando, Alaiza, Langarica, Gaceo, Ezquerecocha y Trocóniz-. Lugares éstos que estaban bajo la jurisdicción del duque del Infantado –dentro de las llamadas Tierras del Duque del Infantado- (sólo 8 de las 53 hermandades menores de Álava fueron, siempre, de realengo).
Las villas y lugares de Alborcoin, Uriarte y Luzcando han ido desapareciendo a lo largo de los siglos y, en concreto, Luzcando, figuraba como población abandonada en el año 1894 -según testimonio de la visita de Federico Baraibar-.
La Hermandad de Iruraiz era una de las 53 Hermandades locales existentes en Álava. En 1514, las Hermandades locales mencionadas se agruparán en seis Cuadrillas. El número de Cuadrillas se verá incrementado en el año 1840, con la creación de la séptima Cuadrilla de Añana, segregada de la antigua Cuadrilla de Vitoria.
La cabeza de la Hermandad era Alegría (la capitalidad, reconocida en 1579, en la primera acta conservada, se considera como tal desde tiempo inmemorial).
Las juntas se celebraban en la sala capitular de la iglesia de la villa de Alegría, en la casa del Ayuntamiento de la misma o, bien, en la ermita de San Martín de Alegría.
El escribano, fiel de fechos, era el escribano de la villa de Alegría.
El archivo, a su vez, se ubicaba en la iglesia parroquial de San Blas. Tenía tres llaves, que estaban en posesión de cada uno de los alcaldes ordinarios de Alegría, Elburgo y Acilu.
Se conservan libros de actas desde el 14 de septiembre de 1579 hasta 15 de noviembre de 1856.
La existencia de la Entidad se puede confirmar, al menos, entre 1417 –fecha en la que ya aparece citada- y 1876.
2. COMPETENCIAS DE LA HERMANDAD DE IRURAIZ:
En principio, las Hermandades eran entidades políticas y administrativas constituidas por uno o varios Ayuntamientos, que se constituían para la defensa contra el bandolerismo y el castigo de los malhechores.
Además, la Hermandad de Iruraiz ejercía la administración de justicia en los 'casos de hermandad' -a través del alcalde de hermandad-; tenía representación en las Juntas Generales -mediante el procurador de hermandad-; gestionaba el reparto de soldados y bagajes asignados para el servicio militar; le correspondía el reparto de contribuciones -hoja de hermandad, etc.-; y trataba asuntos de beneficencia (reglamento de mendicidad...) y de construcción y reparación de caminos, entre otras funciones y competencias.
3. CARGOS DE LA ANTIGUA HERMANDAD:
Eran cargos de periodicidad anual, elegidos el 24 de agosto, día de San Bartolomé, por orden riguroso de cuadrillas:
- ALCALDE DE HERMANDAD: era elegido por los tres alcaldes ordinarios –desde 1865, por los cuatro alcaldes, contando al de Gauna-.
- PROCURADOR DE HERMANDAD: representaba a la Hermandad en las Juntas Generales de Alava; era la persona encargada de cumplir los acuerdos de las Juntas de Hermandad; y le correspondían competencias en materia de ordenación de montes, construcción y reparación de caminos y beneficencia.
- ESCRIBANO FIEL DE FECHOS: habitualmente solía ser elegido el de Alegría.
- DOS O TRES CUADRILLEROS: mantenían el orden público y cobraban los impuestos.
4. SINGULARIDADES HISTORICAS:
TRIFON ORTIZ DE PINEDO, antiguo procurador de la Hermandad de Iruraiz, fue diputado en las Cortes de Cádiz y representante por la provincia de Alava. Defendió la foralidad de Alava y se opuso a la Constitución mencionada. En 1820 fue supuestamente asesinado en la localidad de Gomecha (Álava), por partidarios de la Constitución.